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REGIMEN PATRIMONIAL EN LA UNIONE CONVIVIENTE


Autoria:

Ivo Franklin De Moura Bezerra


Graduado em Direito pela Universidade Potiguar;Pós graduado em contabilidade e planejamento tributário; com ênfase em Direito Publico;Mestrando em Auditoria e pericia contabil;Doutorando em Ciências Jurídicas e Sociais pela Pontifícia Universidade Católica da Argentina, Auditor fiscal de Tributo, Coordenador de Tributo e Chefe de Fiscalização ,secretario de Tributação; Leciona em Pós Graduação na UNP (Universidade Potiguar), nos cursos de : Contabilidade e Planejamento Tributário;Auditoria e Pericia Contábil ; MBA em Serviços Contábeis;MBA em Lógistica;Leciona na Facep Faculdadde evolução do Oeste nos Curso de Direito;Gerente de Gestão Ambiental;Vice Diretor da Unidade Prisional ( Juiz Onofre de Souza),Controlador Geral do Municipio de Governador Dix Sept Rosado.

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Resumo:

El Trabajo este Tiene el Escupo como demuestran régimen de equilibrio El unione de convivientes como instutuição familia y sus efectos, como sujeto paupitante, que todavía tiene mucho que discutir y madurado, y en su esencia,

Texto enviado ao JurisWay em 17/10/2017.



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Introducción.................................................................................................8

Capítulo I

1.Origen del matrimonio....................................................................................9

1.1Evolución....................................................................................12

1.1.1Matrimonio Babilonia...............................................................12

1.1.2Matrimonio romano..................................................................13

1.1.3O Matrimio en el derecho canônico.........................................15

Capítulo II

2.Novos conceptos de unión cohabitación...................................................17

2.1 Diferencias entre matrimonio y unión de cohabitación............20

2.1.1 Unión cohabitación como un fenómeno sociológico............22

2.1.2 Características.......................................................................22

2.1.3 Los impedimentos..................................................................25

2.1.4 Efectos...................................................................................26

Capítulo III

3.Régimen de propiedad.................................................................................27

4.Extinción y disolución de la unión..............................................................28

5.Conclusion....................................................................................................29
6.Referências...................................................................................................32

 

Introducción

 Esta monografía es demostrar el régimen petrimonial objeto cohabitan Unión, y sus principales componentes a través de hechos observados por orden cronológico, y la posibilidad de la aparición de una institución de la familia a partir de su constitución, siendo tema muy controvertido en la ley, sino de suma importancia, ya que empieza a quejarse de posicionamiento de los abogados contra las innovaciones que se realizan en el sistema legal.

La existencia de la unión entre el hombre y la mujer fuera del matrimonio no plantea controversias, y de hecho vulgar es su registro en el curso de nuestra historia.

Y aparti esta perspectiva está surgiendo numerosos cuestión que ha generado varias discusiones oportunas no sólo dentro de académicos, sino doctrinales y jurisprudenciales, especialmente en materia de protección de la institución matrimonial y la defensa de una célula primordial de la sociedad.

Como evolución del pensamiento anterior, y el ser humano y un ser en constante evolución, algunos sistemas jurídicos como el de Brasil, Argentina, ya reconocen como una unidad familiar la relación resultante de Unión Estable, en otras leyes ya reconocidos y otorgados cierta derechos a la cohabitación sin embargo, reconocen como público familiar, estable y duradera relación entre la mujer hombre que vive como si estuvieran casados.

Esta transformación ha tenido lugar, en nuestra opinión, teniendo en cuenta los cambios de comportamiento que experimenta la sociedad, que reflejan en última instancia, en la ley de nuevas ideas y conceptos.

Ya no reportaron pretender agotar el tema, pero sólo lanzar nuevas miradas sobre el Stable Union Institute, comparándolo con los institutos de la familia y el matrimonio y para poner en marcha a corto ve en los países som s están tratando el asunto, inconsistente con las necesidades y exigencias de la convivencia, de hecho, la realidad social.

Capítulo I

1.Origem del matrimonio;

 

Al principio, la célula de un cierto orden de organización social, ha evolucionado gradualmente desde las antiguas civilizaciones desde las grapas personas, sin embargo considerado como un hecho natural, existen vínculos afectivos no es una característica de la especie humana, el apareamiento siempre ha existido entre los seres vivir, ya sea como resultado de la perpetuación de la especie instinto es el miedo a la soledad. Tanto que es natural la idea de que la felicidad sólo se puede encontrar en dos, como si no hubiera un sector felicidad a la que el individuo solo no tiene acceso añade la felicidad, los seres humanos no habían desarrollado su inteligencia, como cualquier otro animal, mantener relaciones entre ellos con el instituto que dirigió a la reproducción, lo que garantiza la preservación de la especie. Siguiendo su instinto pareja es sólo en el momento de la reproducción, y quemdeterminava este instituto era la estación ano.

Ainda era en el antiguo matrimonio fue reconocido por su finalidad y la socialización política. 

Si observamos con con el desarrollo de la agricultura y la ganadería, es que los clanes formados, que se formó por las familias, y con el tiempo se stablecieron en la tierra pura y simple.

Cuando el resultado de estas ocupaciones de tierras se llevan a otras tribus, como resultado de las uniones matrimoniales, formando así una comunidad política en la que todo el poder estaba paterna decisiones, familiares y fundada sobre el matrimonio y el patrimonio en la cara de la conveniencia social y tiempo políticas, eliminando así el lado emocional, y con el avance del tiempo la familia se trasladó a vivir en grandes grupos para individualizar gradualmente, fortaleciendo sus lazos. Y así establecido su estructura patriarcal, se originó en el sistema de las mujeres, los niños y los funcionarios sujetos al poder de los padres limitador.

Después vino la teoría de que los primeros hombres habrían vivido en PR omíscuas hordas, uniéndose al otro sexo sin fianza civil o social.

Sin embargo, con su evolución lo que realmente ocurrió unir era la religión. Según Fustel de Coulanges, "si nos remitir a nuestros antepasados, nos encontramos con un altar en cada hogar, en el que ellos adoraban y servicios ofrendas a los muertos y los dioses.

 La familia reunida en torno al altar cada mañana para empezar el día con la oración, y por la noche para ofrecer gracias por las oraciones. Bajo este argumento, se puede decir que era la religión que transformó la familia en un cuerpo. "Y la consecuencia fue, la organización de la sociedad que forma al tener algunas tribus, que muestra el fundamento de la familia alrededor de la mujer para dar el matriarcado . El padre podría incluso ser desconocido. Los hijos y familiares tomaron las reglas y nombre de la madre.

Por lo tanto, la familia se dirigía inicialmente por las mujeres, pero por un período muy corto, porque entonces el hombre se hizo cargo de la familia y la propiedad. En este orden de ideas, Friedrich Engels, el estudio de la familia divide su evolución en cuatro etapas: la familia consanguínea, familiares punalúa, familiares pre-monógama y la familia monógama.

La familia consanguínea fue la primera etapa del matrimonio y esta fase se caracterizó por el comportamiento de las parejas matrimoniales que dispensavan los cadageração, abuelos y abuelas dentro de los límites de la familia, con todos en su escorpo, marido y mujer juntos.

En este tipo de familia, eran todos los profesionales relacionados con el incesto sexual entre sí, hermanos con hermanas, esposo y esposa. Este formato, con el paso del tiempo, fue abolida, y emergió especies punalúa, definitivamente la abolición de la práctica sexual en su propio clan, que fue breve, se prohibió el matrimonio entre primos segundos y terceros grados.

Según Friedrich Engelshace hincapié en cómo era la relación madre-hijo en las familias formadas por grupos:

"En todas las especies de las familias formadas por grupos, no se puede saber a ciencia cierta que es conocido el padre de un niño, pero que la madre.Aunque ella llama a sus hijos para toda la familia común y llegar a ellos deberes maternales, la verdad es que puede distinguir a sus propios hijos de los demás.

Es evidente, por tanto, que en todas partes donde el matrimonio subsiste por grupos, la descendencia sólo puede establecerse por el lado materno y por lo tanto sólo reconoce la línea femenina. De hecho esto es lo que le sucede a todas las personas que se encuentran en la naturaleza y en el estado inferior de la barbarie ".

Si salí del prisma que las familias Vivian en grupos grandes, era común que las mujeres mantienen relaciones con otros hombres, por lo que la identidad del padre, pero la madre estaba siempre tiene la razón, porque está vinculado con el embarazo, con el fin del matrimonio entre miembros familia, creó un revestidura cuando sociales y la institución religiosa.

En la especie pre-monógamas, el hito fue la mujer dejó de referirse a varios hombres a ser de uno hace, sin embargo, el hombre continuó que se le permita practicar la poligamia. Si no es el caso de adulterio por parte de las mujeres, fue castigada cruelmente.

En las especies anteriores de la familia, el hombre no tenía dificultad para encontrar socios, ¿por qué podría elegir uno o más, pero el tipo de familia pre-monógama estos hábitos se han convertido en poco frecuentes, y hay que buscarlos. Friedrich EngelsLos estados ", así que empieza con el matrimonio pre-monógama, el secuestro y la compra de las mujeres, los síntomas bastante generalizadas, pero nada más que síntomas de una transformación mucho más profunda que había hecho".

La forma en que el matrimonio se ha convertido en una forma de mantener a una esposa, ya que eran poco frecuentes, dando familia monogámica fuente àespecie, caracterizado por el matrimonio y la procreación.

Otra característica de la antigüedad, resalte digna, es la ausencia de vínculos afectivos entre los miembros de la familia. En este sentido, destaca Philippe Aires:

"Esta antigua familia tenía la tarea - sentida por todos - la conservación de los bienes, la práctica común de un comercio, la ayuda mutua diaria en un mundo donde un hombre, y mucho menos una mujer sola no podría sobrevivir, e incluso en los casos de crisis, la protección de la honra y la vida. Ella no tenía ninguna función afectiva.

 El sentimiento entre los esposos, entre padres e hijos, que no era necesario para la existencia o el equilibrio de la familia: si lo hace, mejor ".

Fue la búsqueda de la procreación y la necesidad de preservar los activos que inducen a la gente a formar una familia. En cuanto a los niños, como los niños, no vivió para la infancia, pues tan pronto como adquieren físico para el trabajo, se mezclaba con los adultos y compartido las tareas domésticas. También de acuerdo con Philippe Aires,  los niños desde una edad temprana vivían prácticamente independiente y todo lo que se aprende observando adultos.

Como el mismo autor, sólo el hombre se le concedió el derecho de romper el matrimonio o si no abandone a su mujer, en caso de traición a la patria o esterilidad, permitió que el hombre sea infiel ya no llevar a su concubina al domicilio conyugal.

El mismo autor señala que en la antigüedad los niños eran diferentes. Prueba de ello es el hecho de que su hija se casó cuando dejó de ser parte de la familia de origen. Un padre puede amar a su hija, pero sus activos podría ser delegada a hijos.

Sin embargo, a lo largo de los siglos, la familia ha sufrido una notable transformación en su constitución.

 Por lo tanto, es necesario analizar algunos períodos de la historia para entender la profundidad fue el cambio en la estructura familiar.

La mujer no tenía derecho a la propiedad, no tenía capacidad jurídica, que acaba de encajar las tareas del hogar, totalmente dependiendo del marido.

1.1 Evolución.

1.1.1 Matrimonio Babilonia:

En Babilonia el matrimonio tenía un formato de contrato, en los que estuvo de acuerdo fue el novio junto con sus padres y los padres de la novia, que consistió en la entrega de una suma de dinero, a partir del comienzo de una asociación, el contrato era esencial para emparejar validez del matrimonio, si un homemtoma es una esposa sin el contrato, la mujer no es su esposa, entretando ceremonias religiosas bodas eran sin fundamento jurídico.

Mientras que en Egipto era monógama y religiosa, sólo el faraón tenía derecho a tener varias esposas, otra característica era la obligación del consentimiento de los padres para poder llevar a cabo el matrimonio, y así también fue completado con el intercambio de regalos entre las familias, después de fue la unificación del Alto Egipto, también se insertó el consentimiento del marido y un contrato, que se impuso el principio de igualdad de los cónyuges, la mujer tiene plena capacidad, se inserta en este contexto, el uso de su propiedad en esta etapa el divorcio sólo fue concedida en casos de esterilidad femenina o el adulterio, por lo que ni la diversidad de las ciudades y costumbres borró algunos hábitos familiares y la organización social.

De vuelta en el matrimonio monógamo Atenas era más concubinato era tolerable por la aduana, por lo que la boda tuvo que ser precedido por el compromiso que fue una negociación entre el novio y la familia de la novia propensos, por lo que la mujer ateniense no era visto como un ciudadano, no tener los derechos civiles y ni legal, para ser sumisa a su padre o su tutor, su marido y sus hijos viuda se casó, no podía comprar ni vender bienes raíces, y su único derecho y poder casarse y generar sus descendientes legítimos, se observó que sólo castiga el adulterio femenino, que garantiza que el divorcio era simplemente el rechazo del esposo por la esposa.

1.1.2 Matrimonio Romano:

En el derecho romano, la familia era una entidad que se organizó forma patriarcal en la figura del padre, reinando el autoritarismo y por lo tanto el resto de los componentes de la familia fueron privados de los derechos, con respecto a los niños y las mujeres, hay una concentración poder y que tuvimos fue la figura pater. Orlando Gomes  define la familia romana, como "un grupo conjunto de las personas sujetas al poder del pater familias, a veces parientes unidos por el vínculo de la cognición, ahora el patrimonio, ahora el patrimonio" .La familia fue tomada como una unidad económico, religioso, político y judicial simultáneamente para quehavia un activo, sólo que perteneció a la familia, que a su vez manejado por el pater. Más tarde, en otra etapa más avanzada de la ley romana, había activos individuales, como anualidades, administrados por personas que estaban bajo la autoridad del pater ".

La forma en que la familia romana, estaría lejos de ser se convierte en una institución democrática, basada en el afecto, como en la actualidad, lo que demuestra algunas características, era una forma de una institución política, basada en la autoridad.

Para la sociedad romana, no era una obligación de la institución familiar, de tener descendencia, con el fin de perpetuarse cultos religiosos, sin embargo no fue suficiente con tener hijos, era necesario también que eran frutos del matrimonio. Fustel de Coulanges, complementa citando "los niños que no fueron generados por la esposa no podía ser parte del culto y ofrecer comidas funerarias" antes sin embargo, la falta de descendencia trajo algunas consecuencias crueles los toma como estéril, como regla, sólo las mujeres por estos están relacionados con el embarazo, por lo que no tiene ningún reporte de que en el momento, no se pudo demostrar la esterilidad masculina, podría anular el matrimonio y la exclusión social, como una forma de castigo.

Y así, la recta romana profundamente marcada la familia directa. donde los conceptos de familia y la afiliación se quedaron en tierra en el matrimonio y el autoritarismo impuesto por la figura pater, dando lugar a la patria potestad plazo, que ahora se llama el poder de la familia. Estos conceptos fueron incorporados en el antiguo Código Civil Brasileño, con la que todavía percibe su influencia y sigue siendo la legislación vigente.

Considerada como una de las principales instituciones de la sociedad y dirigido principalmente a la generación de los hijos legítimos a heredar propiedades y la situación de los padres, sin embargo, había una desigualdad en los derechos en el caso afecto conyugal tendido a ser constantehumanizacion, sufriendo tan grande influencia de El cristianismo, por lo que este afecto estaba destinado a vivir una vida ordinaria, fortaleciendo así una alianza matrimonial, esta sociedad que no está fundada en el carácter perpetuo ahora indisoluble y forma duradera, a principios de la antigua Roma no había ningún tipo de celebración, ni religiosa ni civiles, porque en ese tiempo no había dispositivo que regula las relaciones necesarias para la convivencia, porque no era una relación jurídica, sino un hecho social, que carecen de valores legales, sin embargo, hay dos tipos de bodas: el cum Ma'mun y inemanum, la manum cum y cuando el marido adquirió el poder civil sobre su esposa que colgaba de su familia para mudarse a su marido con sus bienes, de manera autocrática, que indica que la esposa no tiene directa su propiedad y su vida se podrían lograr de tres maneras: confarreatio, coemptio y usus en confarreatio era la forma más antigua reservado para el patriarcado, con la participación de sacerdotes y diez testigos porque tenía formas y rituales religiosos, nocoenptio era una especie de matrimonio celebrado principalmente por los plebeyos y en base a la reconstrucción simbólica de vcenda la esposa a su marido, como versa Joseph Cretella (1999 pag120) "la misma mujer que vende, que se emancipa de su marido en presencia de cinco ciudadanos púberes y una puerta columpios, en el que se colocó una moneda de plata o de bronce "en usus ocurrió cuando una mujer había convivido ininterrumpidamente durante un año con un hombre, después de este período de tres noches fuera de casa, tener su condición de soltera bajo la tutela de los padres, con el tiempo fue en desusu dando paso a manum sí, que su autoridad se quedó con su padre, que ofrece sus productos y recibir su parte de la herencia.

Sin embargo vale la pena señalar que para el derecho romano no fue el hecho del matrimonio, que fue visto como una mera unión sino una forma inferior de matrimonio. Tenía la cohabitación sin affectio maritalis de un ciudadano con una mujer de baja condición de esclavo o una esclava libre. Fue a través de este instituto es que se unieron a los patricios y plebeyos, porque entre ellos no se les permitió el matrimonio.

El concubinatus el instituto, que mostró, en Roma, por la coexistencia de un hombre y una mujer, libre y sola, si comportavan como estaban casados, pero sin los maritalis AFFECTIO honormatrimonii. No había ninguna prohibición, ni era onsiderado ataque a la moral y las buenas costumbres.

1.1.3 matrimonio en el derecho canónico:

Inició alrededor de lo que el siglo IX, cuando la iglesia comenzó a llamar para sí la competencia exclusiva para regular todo el alboroto sobre el matrimonio, y la influencia de las relaciones de pareja, por lo que fue visto como un sacramento indisoluble y monogénica, y como se describe en Evangelio de San Mateo (19,3 a 9) "por lo que ya no son dos, sino uno carne.portanto lo que Dios ha unido no lo separe el hombre, a pesar de que el divorcio era considerado un acto que sería contrario a la naturaleza de la familia, sólo cumple en los casos de los infieles, que el caso no era sagrado, lo que confirma este entendimiento según puentes Miranda (2001, página 63) antes de que el Concilio de Trento, cuatro eran de la boda formar elementos, que fueron la fuerza motriz de la evolución del matrimonio y el caso de fallo de uno de estos elementos no fue el caso de invalidez, el primero sería el consentimiento de los cónyuges, lo que demuestra la esencia del matrimonio; el consentimiento definitivo segundo precedente existía promesas matrimoniales, que la tradición y la cultura alemana era una condición esencial para la validez de boda, la tercera sería la cópula entre los cónyuges, aun siendo totalmente exacta, pero todavía no era suficiente para que sea indisoluble, y la cuarta fue la bendición de la boda, por cada matrimonio cristiano debe ser anunciado previamente la bendición por la autoridad eclesiástica en el momento de celebración, en consecuencia, hay un sistema de limitaciones, teniendo en cuenta que era indisoluble, y tal justificaría la cuestión de nulidad o anulación, por lo que la iglesia necesita para validar los novios de consenso y las relaciones sexuales voluntarias, con el matrimonio.

De acuerdo con Cayo Mario da Silva Pereira, versa partir de ese momento la Iglesia comenzó a entrar en combate todo lo que podría romper el entorno familiar:

"El aborto, el adulterio, el concubinato y sobre todo en la mitad de la Edad Media, con las figuras de San Agustín y San Ambrosio; hasta entonces elconcubinatus había sido aceptado como un acto civil capaz de generar tales efectos que el matrimonio. Incluso los reyes mantenerse durante un largo esposas y concubinas de tiempo e incluso el clero les permitió tomar los deseos lujuriosos, contaminando en las relaciones carnales y sin sentido, que es muy común la presencia de mujeres sin sentido dentro de los conventos. "

La mujer fue condenada a las tareas domésticas y el cuidado de los niños y no puede estar ausente de casa sin el consentimiento de su marido. El cristianismo hizo hincapié en la autoridad del hombre, lo que es el jefe del hogar y la familia sacerdote, con poder sobre la vida y la muerte de sus miembros.

Sin embargo, con el paso del tiempo nació un nuevo concepto de familia, es decir, que se formó no sólo por el sacramento del matrimonio, pero el afecto del enlace, que viene así que la familia de la posmodernidad, que se discutirá más adelante.

Sin embargo, para el derecho canónico, ya que sus fuentes primarias, desde su origen, reconocieron el concubinato, lo reconoció como una realidad social. "En los primeros días de Derecho Canónico, aceptó el matrimonio ilegal o presunta, que no era más que la unión de un hombre y una mujer que tenía como esposos. Se aplica en estos casos, la doctrina canónica temprano, según la cual el matrimonio celebrantes fueron las propias partes contratantes ".

Aunque era algunos pensamientos contrarios, estaban los que estaban en contra de concubinato, como San Agustín y San Ambrosio, pero declararon que San Agustín admitió el bautismo de la concubina, siempre y cuando se obliga a no dejar que su compañero.

Pero este fracaso creó fuerza con los Concilios de Toledo, alrededor de 400 dC, Basilea, y más tarde en torno al año 431 dC y de Letrán, en el año 1516 y que se impongan a forma pública de celebración del matrimonio, donde oportuna la Iglesia cambió su posición y el Concilio de Trento impuso la excomunión de las concubinas que no se separan después de la tercera advertencia.

Por último, en 1563, el Concilio de Trento establecer celebración de la boda obligatorio y formal, una demanda también de su asiento en los registros parroquiales, extinguió el matrimonio y la muerte presunta vulnerou concubinato. Fueron creados sanciones severas contra concubinas recalcitrantes, que podrían ser excomulgados y herejes incluso declarados.

Capítulo II

2.Nuevos conceptos de Union conviviente

 

Con la Declaración de las Naciones Unidas (ONU) 1948 proclamó la igualdad de derechos entre hombres y mujeres en lo que respecta al matrimonio. Lo mismo ocurre con los niños nacidos o no el matrimonio para estipular que "todos los niños, nacidos dentro o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social."

Se encontró, además, que "la familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado."

Además, asegúrese de positivo para el principio de la dignidad humana y proclama la igualdad de todos los seres humanos, se abrió el debate sobre la igualdad de los cónyuges y los hijos a estipular en su primer artículo: "Todas las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos ".

La familia, que ha sido durante mucho tiempo la base de toda la sociedad, a través del tiempo en la historia de puntos de vista desde diferentes ángulos que vienen hoy a un estatus más alto, con una clara preocupación del Estado en su mantenimiento, es tan tradicional como modelo o una de las varias formas que surgieron con el tiempo, debido a los cambios por los que pasan el concepto de familia muestra que cada día esta viene acomodando dentro de sí mismo más y más relaciones de diferentes maneras con el fin de inducir el propio Estado a aceptar como una entidad las relaciones familiares que una vez que violarían los principios rectores del derecho de familia.

La unión estable se llama una "unión de convivencia" explícita en el código civil en el dispositivo, que se define como "la unión basada en relaciones afectivas de carácter singular, pública, notoria, estable y permanente de dos personas que comparten un proyecto de vida en común , son del mismo sexo o de distinto sexo ". Sus requisitos son: a) la mayoría de tanto cohabitación; b) no hay ninguna relación de parentesco entre ellos recta en todos los grados, o colateral hasta el segundo grado; c) no están unidos por lazos de parentesco de afinidad rectas; d) No haber evitado y no hay otra convivencia registrada simultáneamente; e) el período de coexistencia no debe ser menor de 2 años.

Sin embargo, el no reconocimiento de este hecho social como una familia, negándoles un derecho que parece nacido para el ser humano que es la de formar una familia, ya que Atem mucho la doctrina legal, sería prácticamente imposible de entender la familia analizar sólo su apariencia jurídico-legal, como la unión estable que su reconocimiento se fundamenta por el nuevo nuevo código civil, continuo, púbico, duradero y con miras a una familia de su tratamiento como estable, en esencia, de la vida en común, la la realización personal.

Y lo confirma la comprensión versa Julio Cesar Carpperreli en verbis "caso el de ellos en del hecho Uniones precisamente el problema es la falta de vínculo legal, entendiendose que Llevan Una Semejante vida a su matrimonio, Pero el Haber sí proporcionó Consentimiento matrimonial, que en Estabilidad la union y La voluntad expresada en mi instrumentado interirse de jamón de la convivencia sostenida en el Tiempo, Esto Es Lo Que géneros dificuldad, Pero ningún obstáculo ha Sido Do consideración y protecion ".

Confirmado que el reconocimiento de esta institución era la ley un gran avance, por lo que sólo es posible porque las relaciones con las características que existían para el reconocimiento, aunque con resistencia judicial, por lo que entonces empiezan a buscar protección legal por ir a los bares de los tribunales y que llevó a la legislatura para innovar legislar a favor de este hecho social, hacerlo surgir unión estable positivando el nuevo código civil.

Según Ricardo Cicerchia "formas de lana de vivir de la familia La hijo de un aspecto fundamental de la Mentalidad La La La familia y el tiempo, un Escenario privilegiado que pone cara a cara La fuerza de la Tradición y El poder de La realidad de una sociedad en la transformacion"

Así que se abre, estar basado en los principios de igualdad y libertad, y saludable señalar que estas disposiciones establecen que: a) no se reconoce reclamo para exigir la promesa matrimonial de la plenitud y no a "reclamar daños y perjuicios que surjan se retiró, sin perjuicio de la aplicación de la normativa de enriquecimiento sin causa o el reembolso de las donaciones "; b) no está permitido interpretar o aplicar la norma de limitar, restringir, eliminar o suprimir la igualdad de derechos y obligaciones de los miembros de la unión, y los efectos que esto produce, independientemente del sexo de los cónyuges.

Para Basset, Ursula Cristina " Definimos al concubinato la unión de convivencia como todo Relación Con Cierto Grado Estabilidad entre ONU Varón y una mujer que cohabitan públicamente apareciendo pecado vida marital Haber forma de matrimonio institucionalizado en La Unión.

O Es decir, en la unión entre las personas, se debe considerar el concepto de familia, ignorando obvia por los conceptos más clásicos traídos por la doctrina, ya que observan como requisito para iniciar una familia por el matrimonio entre el hombre y la mujer, que son más conservadores y defender la tesis de la procreación como una condición esencial de la familia creó el padre moldes, madre e hijos.

2.1 Diferencias entre matrimonio y unión de cohabitación

Históricamente, al lado de la boda, el matrimonio formal, podría ser identificado dos tipos de uniones informales: el concubinato impuro, su principal característica fue la relación en la que uno de los componentes oa veces ambos tenían algún impedimento para el matrimonio, y el otro especies fue el concubinato puro, donde ambos tenían ningún impedimento para el matrimonio.

Esta segunda especie dio lugar a la unión estable. ?Lo que difiere matrimonio ley de matrimonio? Desde un punto de vista jurídico, los dos son entidades de la familia, que yacía apoyado en la legislación pertinente.

Por estas razones, algunos autores nos lleva a conferir los mismos derechos otorgados a sus cónyuges y compañeros, afirmando la existencia de la igualdad entre ellos, otra vez, otra no menos conocido, entender la diferenciación.

Obviamente, si las instituciones eran idénticas, no habría múltiples dispositivos, por lo que reconoce la unión estable entre un hombre y una mujer como una unidad familiar, y la ley deberá facilitar la conversión en matrimonio.

Mientras que la unión estable constituye relación basada en el afecto,

Por esta razón, los efectos jurídicos, entendidos como consecuencias naturales derivadas del matrimonio, deciden casarse con aquellos que están dispuestos a cumplir con las formalidades y conferir ciertos derechos al otro cónyuge.

De hecho, la convivencia puede ser idéntico si tanto, de buena fe y con sentimientos nobles y recíprocas, deciden vivir juntos.

Resulta, que los efectos jurídicos del matrimonio son diferentes de las previstas en las uniones informales.

Hay varios principalemnte doctrinal actual el más conservador que el matrimonio estable y el matrimonio no son equivalentes: un matrimonio estable no confiere el estado civil casado, permaneciendo compañeros no casados; una mujer casada goza de presunción de paternidad del marido a favor de sus hijos, el mismo no es cierto ya que los compañeros; Con el fin de fundar una familia, es muy subjetivo y no puede ser verificar que ambos tienen esta intención;

Otra diferencia significativa se muestra en el campo de la existencia del matrimonio de comprobación: mientras que el matrimonio se materializa en un certificado capaz de demostrar que es la existencia de la unión, se deja a los que se mantuvieron estables, a menudo teniendo que utiliza los tribunales después la muerte de la otra, y las diferencias no se detienen ahí.

Y por último debe formalidades de carácter social, o por religiosos o incluso económica, y quiere los efectos derivados de aplicar, desde el punto de vista de la naturaleza y las necesidades de la especie de unión y sobre todo en Con respecto a la producción de efectos jurídicos post mortem.

Además, concede igualdad de trato con la boda a estable, viola la voluntad de las personas que contrato: Si se prefiere la unión matrimonial estable, obviamente, nunca pensó en el hecho o simplemente no desean asignar a socio de los derechos que la ley otorga al cónyuge .

Los que no tienen impedimento para el matrimonio, puede contraer matrimonio, dando a todos los efectos sociales y la herencia condición cónyuge inherente, ya que quieren. O decidir estable, con sus efectos legales, el dueño de este instituto.

se atreven a afirmar, que estará abierta violación al ejercicio de la autonomía privada de las personas involucradas, el libre albedrío y la libertad para ejercer opciones conscientes.

2.1.1 unión cohabitación como un fenómeno sociológico

Sin lugar a dudas que la unión con sus reglamentos y protección legal contribuye a un mejor orden social, y que también es cierto que a pesar de la protección que vino por la falta de regulación optavan personas viven en las mismas condiciones y características de matrimonio y las razones que llevaron a una pareja no matrimonial contrato podría ser de varios ejemplos como la económica, cultural, social, ideológico y jurídico, desde el punto de vista económico sería el insulficiencia de recursos para mantener las obligaciones derivadas del matrimonio, como la clara idea de trascendencia institucional, para Además, la mayor aceptación de las personas que están unidos es deliberadamente es la intención de contraer matrimonio, sin embargo ocurrió hace algún tiempo que la gente se divorciaron resultado de una relación frustrada, no se había unido de hecho, ¿por qué no era evidente que no hay reconocimiento de contraer nuevas nupcias .

Además, correcta y precisa que la formación de una unión de parejas de hecho responde a una antigua necesidad implícita de revalorizar la autonomía de las personas en contra de instituto del matrimonio para que se anule una protección legal para entender la formación de la familia, desechando los requisitos legales .

Como resultado de estos fenómenos, la realidad de hoy en día, el número de matrimonios, muestra una clara tendencia a la baja, y bien sabido que hay cada vez más sindicatos que cohabitan, y como cada vez más importante como un fenómeno social que el legislador no podía despreciar, este hecho confirma el aumento de los problemas jurídicos.

2.1.2     Caracteristicas

Iguales en muchas cuestiones legales, la decisión de proponer una regulación legal de las uniones de convivencia requiere la armonización de varios derechos y garantías reconocidos por el ordenamiento jurídico, con el alcance de este equilibrio entre ellos.

En primer lugar, es necesario, hay personas que han decidido perseguir proyecto de vida común de la familia para una boda por varios factores diferentes, y que sin duda afectan a la intensidad y el alcance de la regulación que se propone para ellos, la naturaleza multicausal de la celebración de la decisión una unión fija el modo de su legislación.

Algunas personas no optan por casarse en una posición ideológica línea contraria a presentar su relación existencial con algún tipo de regulación; otro debido a los hábitos o normas culturales que hacen hincapié en las situaciones jurídicas de hechos; o como una "prueba" experimento zumbido matrimonio posterior, y así sucesivamente. Por otro lado, la constitucionalización del derecho privado y el derecho de cada uno, con la incorporación constitucional de una serie de tratados internacionales que protegen los derechos humanos, haciendo que algunos países están legalmente obligados a realizar ciertas pruebas en su legislación interna por, y las diversas formas de organización de la familia, incluso fuera de la forma del matrimonio.

Y en la institución jurídica de esta rama particular de la ley civil puede ser analizado sin matriz constitucional, y esta cuenta Dando tanto el número de cambios normativos internos en los últimos años ya que las decisiones de los tribunales superiores

La ley no describe la función específica, sin embargo podemos enumerar varios entre ellos existente en el campo de la subjetividad, la vida publica continúa y perdurable conjunto de formación de la familia, tal como se enseña Jorge Osvaldo Azpiri "Relación de convivientes, comunidad de vida similar, notoriedad pública , la falta de inpedimentos "que convivan mantener una comunidad de vida se asemeja al matrimonio, uqe convivencia pasada para un intervalo de tiempo que se fija la propia ley y que sería considerado legalmente, es singular que conserva el aspecto moral de la lealtad, que no debe confundirse con múltiples interfaces, sin embargo si se encuentran estos múltiples enlaces a residir en diferentes hogares, no habría ninguna dificultad para descalificar, se pierda uno de los requisitos, y que la convivencia, que la unión es notorio, si pierde este requisito sería clasificado como ilegal y no podría ser similar a un matrimonio, a pesar de la semántica públicos como requisito para caracterizar la unión, hay que aferrarse realmente y notoriedad.

En otro prisma que es la aparición en público, la publicidad denota reputación del afectiva relación de pareja, simple objetivo de eliminar el concepto de unidad familiar menos comprometidos y, a veces transitoria y debe ser efímero y circunstancial, por lo que el aspecto de continuidad co existente y durabilidad sobre todo, con la singularidad de ambos, por lo tanto subjetiva, dando de esta manera la relación de becas, y los sindicatos extramaritales fueron prohibidos por la ley, que es la intención de la pareja se estaba contrayendo matrimonio, el matrimonio puede ser visto como ajeno a acontecimiento de la boda, ahora de establecer la unión inicialmente tendrá un vínculo afectivo, la participación mutua termina desbordando el límite, por lo tanto, dos personas que se identifican en el entorno social como una pareja se convierta en la unidad, a continuación, la visibilidad se convierte en vínculo solo universalidad que produce efectos personales con reflexiones de atento patrimonial a esta nueva realidad que se consagró como el instituto de unión estable.

Es evidente que el nuevo código argentina no permite uniones estables simultáneas o aquellos en paralelo al matrimonio.

Esta idea se ve reforzada en sus propios recursos, no está permitido grabar nueva unión estable sin la previa había sido cancelado. Además, la evidencia de la unión estable es libre, sin embargo, el registro es "pruebas suficientes de su existencia."

Los convivientes pueden firmar un "pacto de armonía social", cuyo objeto comprende: a) la contribución de cada uno a la vida de convivencia; b) la división de los activos adquiridos por el esfuerzo común, en el establo hipótesis de interrupción sindicato.

Si bien es cierto que, al igual que con los acuerdos prematrimoniales, estos acuerdos no pueden ser violadores del principio de igualdad entre cohabitación, y mucho menos "afectar los derechos fundamentales de cualquiera de los miembros del sindicato de convivencia."

Desde este punto de vista, cualquier organización legal de las relaciones familiares, los principios y directrices pertinentes impuestas por el sistema de protección de los derechos y garantías humanos, incluido el derecho a formar una familia, sin privilegiar ninguna otra familia, respetando la solidaridad en las relaciones familiares, el fortalecimiento de un modelo, o la construcción de una sociedad plural con diferentes opciones de vida sin incurrir en decisiones evaluativas.

2.1.3 Impedimentos

Así que fue regulada a cohabitar unión, entonces también se impusieron a sus límites en la libertad de contratación de dicho instituto, es como el matrimonio tiene sus reglamentos, sus límites a la libertad de conseguir esta ley establece sus propias deficiencias, como regla general, a la que interpretarse como cualquier experto y libre, así que esto puede desempidida a casarse, pero hay algunas causas para que crea un cierto obstáculo paraJulio César Capparelli "primera y la edad, ¿por qué a contraer matrimonio debe ser más alto" la norma se aplica a los menores de edad a causa de que el registro de un sindicato debe ser mayor ser pregunta si emancipado por calificación de edad puede realmente estar de acuerdo es en que, puede realizar actos que no lo hacen, quedan expresamente prohibidas la conclusión donde se puede casar con consentimiento de los padres también puede celebrar la unión, serían esos impedimentos derivados de la puesta en escena que puede con el tiempo ser remediado su ausencia, de lo contrario también prohibida y parientes por consanguinidad antepasados y descendientes en todos los niveles, lo que sea el origen de enlace , hermanos y medio hermanos lo mismo se aplica cuando el compromiso es con la adopción plena o sencilla es decir, la relación entre hermanos bilaterales y unilaterales, sea cual sea el origen de conexión , de afinidad en una recta de afinidad en todo grados , añade como algo específico de lo que constituía una unión anterior, el matrimonio anterior, ya que no han sido condenados como autor, cómplice o instigador del asesinato de un cónyuge sean menos de dieciocho años , mientras que hay algo análogo a los hombres de la liga deterioro que resulte de cualquier lógica que no poderian convivió dos inscripciones incluye entre incapaz impedimentos esto es innecesario declaró, porque no pueden declarado incapaz actos jurídicos válidamente otorgadas, permanente o falta temporal de la salud mental que impide que usted tiene una visión para el acto conyugal, y importante señalar que cualquier persona puede reportar la existencia de alguna de las limitaciones establecidas en el código de inicio de la investigación preliminar y hasta el matrimonio antes por el fiscal, la deducción de la oposición correspondiente, si lo considera apropiado, con las formalidades y procedimientos enumerados en el propio código.

2.1.4 Efectos

El uso de las enseñanzas Basset, Ursula Cristina versa desde la perspectiva de que "Esencial cuentan ellos Uniones convivenciales es el libre y Ejercicio plena autonomía de La La voluntad; El Derecho de cada persona El egirsuplan de vida, con Limitaciones lana evidentes de afectación en los Terceros. Esta nota particular es constituy y centro emeleje colum espinal y en lacual construir una Regulación fresco. "Únicamente a los hechos de la relación. Es decir, es una relación de hecho, no institucionalizado como el matrimonio, el deber que nace de las relaciones conyugales se mantuvieron, sin embargo, fue descrito como también se conservan los deberes conyugales, de la siguiente manera:

Deber de asistencia , es decir, el compromiso de desarrollar un " proyecto de vida en común basado en la cooperación y el deber moral de lealtad "con la obligación de" proporcionar asistencia mutua ", por lo que es un medio para estar presentes para las necesidades del otro , la cooperación y afecto por los demás, que está presente en todo el material y los aspectos del trabajo.

Otra tarea importante para este tipo de relación y la comida que existe entre los cónyuges durante su vida en común y de hecho la separación.Después de la disolución de la sociedad conyugal , la provisión de alimentos se paga sólo en los casos previstos en el código o el efecto acuerdo entre las partes. El caso legal es proporcionar alimentos después del divorcio, en especial la situación de enfermedad grave preexistente al divorcio, lo que impide que el ex cónyuge de uno mismo -sustentar y para quien no tiene recursos propios para quedarse .

En este último caso, la duración de la comida no puede exceder el número de años de duración del matrimonio y no es debido cuando la alimentación ya está recibiendo la "compensación económica" nuevo código argentino mantuvo el Instituto de nulidad matrimonial, como resultado de la violación de los impedimentos absoluta y relativa

Sin embargo, el deber de lealtad, este deber relacionado con un resultado que se desprende del matrimonio monogámicom comcepção, y tiene sentido cuando se postula un vínculo único y exclusivo, se observa que la lealtad seguía siendo un deber como moral y no legal .

Julio Cesar Carpperreli versa "Los cónyuges dedben convivir ren una casa a menos que por cincuntancias excepcionales si Vean obligados al mantener resindencias trasitoriamente separan, podran ser legalmente relevados del convivencia deber cuando esto ponga en Cierto peligo La vida, La Integridad física psíquica el espíritu de Ellos de uno de los dos y hijos " que confirman este entendimiento sería otro efecto, y tal vez uno de los más importantes y la convivencia del deber, el matrimonio nace del consentimiento y genera el deber de vivir, habitar un techo común Este deber de cohabitación se ha entendido por algunos limitando el acto de habitar la misma casa, mientras que otros autores incluyen la comunicación sexual, la verdad es que el matrimonio es una unión de comunicación, que la procreación esto parece ser lo menos.

Capítulo III

3.Régimen de propiedad

En cuanto a los regímenes de bienes, el Código de Argentina se refiere a ellos en "régimen de propiedad del matrimonio" .codigo lista el objeto de tales "contratos de matrimonio", lo que equivale, en la legislación brasileña, a los acuerdos prenupciales, que pueden ser sólo esto: la ) la descripción y evaluación de los activos que cada uno aporta al matrimonio; b) la relación de las deudas; c) las donaciones que han hecho el uno al otro; d) la opción que ha hecho para algunos de los regímenes de propiedad previstas en el Código. El dispositivo y la luz para expresar y considerar nulo todo acuerdo matrimonial en "cualquier otro objeto en su matrimonio."

De atécnico modo, aparece en el mismo capítulo del régimen de propiedad de la "contribución del deber" cuando los demás deberes maritales.

De acuerdo con el código, la pareja se encuentran ligadas a la contribución del deber de apoyar a la pareja y sus hijos ", en proporción a sus recursos." Esta obligación, en caso de incumplimiento, puede ser objeto de tenis orden.

Otro punto de interés es la formalización de la responsabilidad solidaria entre los cónyuges de las obligaciones contraídas por uno de ellos para satisfacer las necesidades comunes de la casa, para apoyar y educación de los hijos comunes. Si bien es cierto que "de estos casos, a menos que se disponga otra cosa en el régimen matrimonial específico, ninguno de los cónyuges hace responsable de las obligaciones de la otra.

El "plan de becas" es el régimen legal en la Argentina, que se aplicará a todos, desde el momento del matrimonio, a menos que otra opción, objeto prenupcial.

El otro sistema es "propiedad separada", en el que cada cónyuge conserva la libre administración y disposición de bienes muebles, excepto la propiedad de vivienda familiar.

4.Extinción y disolución de la unión

Extinción y entendida como el fin del vínculo matrimonial y la ruptura del instituto, ya sea que vivan juntos o unión matrimonial propirioo es esto debido a tres causas específicas:

a) la muerte de cualquiera de los cónyuges; b) una sentencia declaratoria de ausencia, presunción de muerte c) corte de divorcio declaró. No tome el cuidado de la culpa de los cónyuges en la extinción del matrimonio.

Lo que la doctrina nacional ha llamado "alimento compensatorio" fue llamado apropiadamente "compensación económica".

Esta cantidad, llamada "compensación", se deberá a un cónyuge que van a sufrir los efectos de un "desequilibrio manifiesto", que implica "el empeoramiento de su situación", cuya causa adecuada es el "vínculo matrimonial y su ruptura."

Compensación en el que versa código puede consistir en ingresos para el tiempo determinado o, de manera excepcional, por tiempo indefinido.

Usted puede pagar en efectivo , "con el disfrute de determinados bienes o de cualquier otro modo en el que las partes están de acuerdo o el tribunal decida."

 

5.Conclusion

Siguiendo la línea que se ha desarrollado en este trabajo desde el enfoque de un enfoque histórico bajo el concepto de familia con el concepto actual desde la perspectiva del Código Civil y de la naturaleza legal de las uniones entre personas, observamos que muchos puntos son todavía muy controvertido y aceptación social difícil.

Se equivocan los que piensan que sólo el Estado actúa de una manera relajada hacia este instituto, la sociedad sigue siendo muy prejuiciosa y discriminatoria, en especial el punto de vista religioso, hasta el punto de no reconocimiento de la unión de cohabitación como institución de la familia, a diferencia de tradicional aceptado, que tiende a despreciar todo lo que no es parte de la "normalidad".

Curiosamente, después de todo, la libertad es un derecho fundamental garantizado por la Constitución a todos los ciudadanos, destinadas a frenar cualquier acción e incluso algún gesto que trae en su alcance un prejuicio existente, entre ellos atrevido mencionar el resultado de la raza, el color, el sexo y otras formas de discriminación, es decir, que a través de los desacuerdos motivados, sociales, políticos e incluso los tiempos económicos.

Así que el Estado como protector, el más grande que no está permitido ni dejar de dar protección a todas las formas de expresión, de lo contrario se va en contra de sus principios rectores, básicos para todos una nación.

Discriminación lata está presente en el momento en que estas relaciones son un par de legalización, es un verdadero ataque orden constitucional actual.

El concepto de la familia mucho tiempo se ha transformado, en forma de, ampliada, sería incluso tallado con el tiempo, ya que es la forma más primitiva de aglutinamentos sociales y en la actualidad ya ha llegado a un estado donde no se puede conceptualizar, gran parte de todo prejuicio existente contra este formato familiar y venir de los principios en los textos sagrados, la religión siempre ha estado en contra de cualquier forma de "perversión sexual".

Nuestra sociedad y la sociedad de Facebook, twiter, whastszap, esta sociedad han evolucionado, ya no que los tiempos porimitiva de mazas y flechas.

la sociedad civil, de hecho, tanto es firmado, guiada por la jurisprudencia y la doctrina en muchos puntos de ofender a principios individuales de cada persona que se encuentra en esta situación.

Ya no se considera el afecto que existe entre dos personas, el sentimiento que los une y que viven en armonía en la búsqueda de la realización personal.

Por ninguna razón el orden social difiere sindicatos cohabitación de otros formatos de las familias, la relación emocional entre las parejas con estable, es arreglar un error con otro. En nuestra humilde opinión, un estándar, trajo un claro a la realidad actual, y en particular a un núcleo de nuestra sociedad que realmente clama por el reconocimiento.

Cuando se habla de la unión estable es reconocida entre un hombre y una mujer

El Estado es una institución que representa la voz de su pueblo. Es muy extraño que en un mundo que clama por las libertades individuales en función de los derechos fundamentales de los seres humanos, el estado se mantuvo inerte para dejar fuera de los círculos legislado uniones en concubinato.

Es decir, la coexistencia estos valores personales basados en Galgada y de acuerdo con el sentido moral y ético de lo que respecta a la condición de los seres humanos, por lo que no puede ser tratado de manera diferente de cualquier otro ciudadano. Después de todo, sólo ser el ejercicio de su derecho a la libertad.

Corroborando, Mirando a la configuración de la familia es pura semántica, lo cual es una sencilla nomenclatura del vocabulario jurídico, donde oportunas varios abogados, con tiempos y lugares diferentes, presenta diferentes definiciones de la institución.

Establecer un criterio para la definición de una institución de la familia llegan a una conclusión, que son elementos tales como la endogamia y la boda formal y solemne, ya no se corresponden con el deseo de la sociedad, emergiendo col nuevos arreglos familiares, separados de su unión legal, pero en base a mismos principios, entonces Mientras esbozan las razones y avances, y la realidad nos muestra otra noción de familia.

Hay familias fuera del matrimonio cuya vida tiene consecuencias que no pueda emitir lejos de derecho de familia.

Ë hecho de que las uniones estables siguen ocupando el segundo lugar, y teniendo menos importancia social, pero mantiene las mismas relaciones que surgen de la boda, la copia y la imitación, hasta incluso que era otro tema que tendría que ser resuelta por legislado, como en los casos de sucesión y la separación o disolución de la Unión, lo que sería el procedimiento que deberá seguir no, suprimir y extinguir ni derecho de vivir juntos, y saber que primero viene el hecho social y luego se acercó a la derecha.

Ai era justo que positivación del sistema legal de hecho social. Tanto, que siempre ha existido y seguirá existiendo, de esta manera o que, en cualquier tiempo o espacio. ¿Qué cambios son sólo formas de su constitución.

La explicación más aparente y que tal conducta sería por qué la familia se puede entender como un simple fenómeno natural y cultural no. Es por eso que demuestran varios formatos, con baño en consonancia con las más diversas culturas.

 

 

 

 

 

 

 

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Pater familias era la situación familiar más alto ( estado familiae ) en la antigua Roma, cuando una posición masculina. El término latín significa literalmente "padre de la familia." El término pater se refiere a un territorio o jurisdicción gobernado por un patriarca. El uso del término en el sentido de la organización social de orientación masculina aparece por primera vez entre los hebreos en el siglo IV para describir el líder de una sociedad judía; el término se origina en griego helenístico para nombrar un líder comunitario.

 

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